Ultimas Noticias
Comunicados
Notas Técnicas
Estadísticas
Estado Contable

21-06-2011
Detalles del expediente que condena a Bomberos a pagar suma multimillonaria

Detalles del expediente que condena a Bomberos a pagar suma multimillonaria El fin de semana dábamos cuenta en EL CHUBUT de la condena que recibió Bomberos, que lo obliga a pagar más de un millón de pesos al padre de uno de los bomberitos fallecidos en la tragedia de 1994.

A continuación, desde la Asociación, brindaron un informe con detalles técnicos del expediente que los condena, para dilucidar qué fue lo que pasó realmente.

EL CHUBUT tuvo acceso al expediente que detalla técnicamente qué fue lo que sucedió, en orden cronológico, para conocer el porqué de la condena a Bomberos, que dicho sea de paso, está firme, por lo cual, hay que pagar más de un millón de pesos sí o sí. Lo que se busca por estas horas, está claro, es el apoyo del Estado, ya que de otra manera, será imposible solventar los gastos de la demanda millonaria.
Hay que destacar que en 2008, el Gobierno de la Provincia quedó absuelto, por apelar el fallo, cosa que no se hizo desde Bomberos, y la conducción hoy a cargo de la Asociación, aún no entiende el porqué de semejante decisión. Con el solo hecho de apelar, la historia se terminaba ahí nomás.
El informe explica que “en noviembre del año 2004, el Dr. Enrique Maglione se presenta en carácter de abogado patrocinante, mediante poder de fecha 1 de junio de 1998, otorgado por Directivos de la Asociación de Bomberos, entre ellos Sr. Fernando Barrientos en carácter de Presidente y la Sra. Nora Mabel Iglesias como Secretaria, en los autos ‘Pa-sserini, Ricardo Enrique y otra c/ Provincia del Chubut y otros s/ Daños y Perjuicios (Expte. 327/95) Expte. 09/2011) que tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de los Tribunales locales’, a fs. 501 del mencionado expediente además de presentarse como apoderado, solicita en forma conjunta con los letrados de todas las partes involucra-das en el sumario, suspender los términos en este proceso atento que las partes habían iniciado trata-tivas extra judiciales a efectos de solucionar la demanda presentada. A lo que hizo lugar el Sr. Juez a fs. 502 del sumario citado, además de tener al Dr. Maglione por presentado en el carácter que invocó, se le solicitó que cumpliera con el Bono del Colegio de Abogados”.
Más adelante, señala que “así las cosas al parecer dichas tratativas no llegaron a buen puerto, y en fecha 5 de abril del 2005, el abogado de la Asociación Dr. Maglione cumplimenta con dicho Bono constituyendo nuevo domicilio Legal en la sede de la Asociación, a lo que se le hizo lugar a fs. 511 del expediente”.

Demandas a Bomberos, Provincia y Municipalidad
Por otro lado, este informe técnico señala que “el expediente de referencia, se generó por la muerte del entonces Bombero Voluntario Juan Manuel Passerini y de la que resultaban demandadas la Asociación de Bomberos de Puerto Madryn, la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Puerto Madryn. Al momento de formalizar la Provincia acuerdo con los padres del resto de los bomberos fallecidos el 21 de Enero de 1994, Passerini rechazó el referido acuerdo, resolviendo continuar con el juicio”, agregando que “en fecha 13 de marzo del año 2008 en primera instancia se dictó sentencia, condenando a la Asociación de Bomberos de Puerto Madryn y a la Provincia a pagar por pérdida de Chance y Daño Moral la suma $150.000 pesos más los intereses correspondientes desde el momento del hecho, 21 de Enero de 1994.
En cuanto al Municipio local, a este se le hizo lugar la Excepción de Falta de Legitimación Pasiva planteada. Se notificó tal sentencia al entonces apoderado de la Asociación, Dr. Maglione al domicilio de San Martín 697 de esta ciudad y a la Asociación de Bomberos, en la calle 25 de Mayo 130, domicilio de los apoderados anteriores a la presentación de Maglione, siendo los Dres. Lernoud y Gilardino”.

Incidente de nulidad
Más adelante, la Asociación de Bomberos señala que “en virtud de ello, planteamos junto al Abogado que hoy nos patrocina Dr. Carlos Villada, un incidente de nulidad respecto de la notificación realizada a la Asociación de Bomberos, que en la resolución del mencionado Incidente de Nulidad, el Juez es claro, en cuanto a que, el apoderado de la Asociación de Bomberos, Dr. Maglione, en representación de la Asociación acordó con el resto de las partes una prórroga ante la Cámara de Apelaciones, para que la codemandada Provincia de Chubut haga uso de su derecho a expresar agravios, en fecha 24 de abril del año 2009, lo que implica el conocimiento de la sentencia y la actividad ulterior a la misma, lo que convalida la notificación defectuosa planteada por nuestra Asociación”.

Sin apelacion
También señalan que “nos llama poderosamente la atención, además de existir muchísimos interrogantes, que un año después de acordar con las partes lo antes relatado, no se apeló la sentencia de primera instancia un año antes, desistiendo de agotar todas las instancias judiciales del proceso. Hecho que si efectivamente realizó la Provincia de Chubut”.
Volviendo al expediente, dicen que “la sentencia fue confirmada por la Cámara de Apelaciones y posteriormente impugnada por la Provincia ante el Superior Tribunal de Justicia,  resolviendo este alto Tribunal hacer lugar al reclamo de la Provincia. En virtud de ello y la inactividad recursiva que suponemos que fue por acción u omisión del apoderado de la Asociación de Bomberos, la única que resulta condenada al pago es la Asociación de Bomberos de Puerto Madryn, lo que, reiteramos, llama poderosamente la atención”.

La notificacion oficial
El 4 de marzo de este año, mediante cédula de notificación, la Asociación que preside Gastón Alcucero, es notificada en sede de la Ins-titución, de una liquidación practicada respecto de la sentencia en cuestión, por una suma que asciende a $987.270, es decir, un millón de pesos, más honorarios.
Recién en esta fecha es cuando esta Comisión Directiva toma conocimiento de todo lo antes relatado. Y al momento de asumir esta gestión, no existía en las Oficinas de la Administración, documentación alguna que pudiera haber servido para enterarse de tal situación judicial, como “tampoco existió por parte de la Comisión saliente que presidía Roberto D’am-brosio, comunicación alguna para con esta Comisión al momento de asumir, ni después, que nos hiciera saber de tal circunstancia, lo que también llama mucho la atención, teniendo en cuenta la importancia de este reclamo Judicial y que afectaba en forma directa a la Asociación de Bomberos”, señala Alcucero.

El pago efectivo
Por último, Alcucero expresa que “estamos ante una situación más que grave, ya que la apelación presentada en el Incidente de Nulidad no nos garantiza que la situación pueda ser revertida, implicando que en un tiempo no muy lejano, la Asociación de Bomberos pueda ser ejecutada para que haga efectivo dicho reclamo, y al no contar con patrimonio para hacerlo, resultemos embargados, lo que implica dejarnos fuera de operatividad, y de esta manera poner en riesgo a todos los vecinos de la ciudad, que con muchísimo esfuer-zo aportan a través de la tasa de Bomberos su aporte para garantizar la prestación de este servicio publico tan importante para la Seguridad de toda una comunidad”.
En el último tramo, indica Alcucero que “apelamos a la voluntad, participación y compromiso de todos aquellos actores que deben interesarse a los efectos de poder dar algún tipo de solución, ya que no está en manos de la Asociación dar respuesta a este reclamo, de lo contrario el servicio indefectiblemente se verá afectado gravemente, con lo que implica que esto llegara a suceder”, cerró.

volver

 

Administración: 0280 4453330 - Cuartel Central: 0280 4471111 | info@bomberosmadryn.com.ar | San Martín 697 | Puerto Madryn, Chubut, Argentina

Diseñó: AMPLIAMENTE